Total desden del congreso de Michoacán en cuanto a la designación de la, o él edil sustituto del municipio de Múgica, la constitución política del estado establece que cuando la ausencia del presidente sea mayor de 15 días será la sindicatura o el secretario del ayuntamiento el encargado del despacho, pero en un termino NO MAYOR DE 60 DIAS deberá nombrarse por parte del congreso del estado al sustituto, el plazo venció el pasado 21 de noviembre, este asunto esta dentro de la pasividad y parcimonia legislativa, ¿el municipio de Múgica? Puede esperar a traer la atención de los diputados locales entretenidos en sus bisnes.
QUE SE PUEDE ESPERAR, SI LOS ENCARGADOS DE LEGISLAR LAS LEYES LAS VIOLAN CON UNOS HUEVOTES.
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