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PRECISIONES JURÍDICAS
La mesa directiva de la comisión permanente del Congreso de la Unión no permitió el registro de Julio Cesar Godoy Toscano, recomienda se ampare, una comisión de diputados electos del PRD sostiene que puede rendir protesta ante un notario, establezco las precisiones siguientes.
1.-El juicio procesal penal en contra de Godoy Toscano se fundamenta en la reforma judicial aprobada por los diputados federales en funciones hasta el 29 de agosto de 2009 y son los artículos constitucionales; 16 al 22, 73, 117 y 123.
2.-Se establece que cuando se trata de acusaciones por la comisión de ilícitos de delincuencia organizada, no aplica la suspensión provisional del acto reclamado, más comúnmente conocido como AMPARO.
3.-El articulo 38 constitucional considera prófugo de la justicia a toda aquella persona desde el momento que hay una orden de aprehensión en su contra y hasta que se extingue la acción penal.
4.-El 55 constitucional dice que son requisitos para ser diputado federal, que el ciudadano mexicano esté en goce de sus derechos al 100 por ciento, Julio Cesar Godoy, no puede bajo ninguna circunstancia ejercer sus derechos políticos.
5.-Causales de tipo penal que otorgan la inelegibilidad de un candidato, porque perdió sus derechos y en cuanto sea localizado será detenido por las causales de tipo penal en su contra entre las que se encuentran, ser prófugo de la justicia por el ilícito de delincuencia organizada, sancionada la delincuencia organizada como una organización de hecho de tres o más personas, para cometer delitos en forma permanente o reiterada, en los términos de la ley de la materia. Lo dicho es un estudio formal.
La mesa directiva de la comisión permanente del Congreso de la Unión no permitió el registro de Julio Cesar Godoy Toscano, recomienda se ampare, una comisión de diputados electos del PRD sostiene que puede rendir protesta ante un notario, establezco las precisiones siguientes.
1.-El juicio procesal penal en contra de Godoy Toscano se fundamenta en la reforma judicial aprobada por los diputados federales en funciones hasta el 29 de agosto de 2009 y son los artículos constitucionales; 16 al 22, 73, 117 y 123.
2.-Se establece que cuando se trata de acusaciones por la comisión de ilícitos de delincuencia organizada, no aplica la suspensión provisional del acto reclamado, más comúnmente conocido como AMPARO.
3.-El articulo 38 constitucional considera prófugo de la justicia a toda aquella persona desde el momento que hay una orden de aprehensión en su contra y hasta que se extingue la acción penal.
4.-El 55 constitucional dice que son requisitos para ser diputado federal, que el ciudadano mexicano esté en goce de sus derechos al 100 por ciento, Julio Cesar Godoy, no puede bajo ninguna circunstancia ejercer sus derechos políticos.
5.-Causales de tipo penal que otorgan la inelegibilidad de un candidato, porque perdió sus derechos y en cuanto sea localizado será detenido por las causales de tipo penal en su contra entre las que se encuentran, ser prófugo de la justicia por el ilícito de delincuencia organizada, sancionada la delincuencia organizada como una organización de hecho de tres o más personas, para cometer delitos en forma permanente o reiterada, en los términos de la ley de la materia. Lo dicho es un estudio formal.
Es cuanto
Ermo
TOMAR PROTESTA ANTE UN NOTARIO ES UNA SIMPLE OCURRENCIA DE LOS CHUCHOS MICHOACANOS, SI JULIO CESAR NO SE HA ENTREGADO ANTE LA PGR, OBVIAMENTE NO VA A ASISTIR AL CONGRESO, LE QUEDA EL CAMINO JURIDICO, QUE COMO LO EXPLICA NUESTRO ANALISTA LO TIENE MUY DIFICIL.
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